Losgastos escolares son gastos ordinarios y no extraordinarios: Hace ya algunos a帽os que la jurisprudencia viene considerando este tipo de gastos como
Enprincipio, no se pueden reputar de gastos extraordinarios los uniformes escolares, libros de texto, matricula, y material escolar, por tratarse de gastos peri贸dicos previsibles e indispensables o necesarios. Se trata, por tanto, de gastos ordinarios de educaci贸n, que deben de ser cubiertos a trav茅s de la pensi贸n de alimentos fijada para Porsu parte, gastos extraordinarios se consideran aquellos que tengan un car谩cter excepcional, de dif铆cil previsi贸n, eventuales y de cuant铆a importante. Pues bien, y teniendo en cuenta que los libros de texto, uniformes, matr铆cula, comedor y excursiones programadas escolares son peri贸dicos todos los a帽os, NO SE CONSIDERAN GASTOS2潞- La consecuencia es obvia: los gastos escolares son gastos que deben ser tenidos en cuenta cuando se fija la pensi贸n alimenticia, esto es, la cantidad que cada mes el c贸nyuge no custodio debe entregar al c贸nyuge custodio como contribuci贸n al pago de los alimentos de los hijos comunes. 3潞.- Establecido lo anterior, son gastosVYYRIrL.